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inicio 19 / 04 / 2024

Vox Populi

€Es posible aparcar delante de un garaje sin vado?€Nos podr€an sancionar por ello?

Una de las dudas que se nos ha transmitido es si es posible aparcar delante de un garaje sin VADO y si nos podrían sancionar por ello.

 

Aunque la respuesta pueda parecer obvia, no es tan sencilla como se presupone, primeramente hemos de ver si existe linea amarilla, aquí ya no habría duda la existencia de una linea continua implica que no se puede aparcar ni parar, mas incluso en este caso nos hemos encontrado situaciones en que los propios particulares pintan lineas amarillas falsas, e incluso señales de VADO pintadas a mano.

 

Pero que sucede cuando existe una linea amarilla discontinua o directamente no hay linea ¿podría estacionar sino hay VADO? El artículo 91.2.c del Reglamento General de la Circulación establece que no se puede “ Cuando se obstaculice la utilización normal del paso de salida o acceso a un inmueble de personas o animales, o de vehículos en un vado señalizado correctamente”, podríamos pensar así que en tales casos no habría obligación de retirar el vehículo, pues bien habría que matizar, el problema que el usuario del vehículo se puede encontrar es que se encuentre con una sanción, ya que como dice el art. 91.1 del Reglamento General de Circulación establece: “La parada y el estacionamiento deberán efectuarse de tal manera que el vehículo no obstaculice la circulación ni constituya un riesgo para el resto de los usuarios de la vía”, y en este camino va la jurisprudencia menor que establece en estos casos que la necesidad de utilización de la entrada y salida del vehículo de la parte demandada, prevalece sobre la necesidad de utilización del espacio publico del demandante.

 

A mayores cabe destacar que los concellos deben establecer una regulación sobre los vados so pena de ser invalidadas las sanciones cabe recordar que por ejemplo en marzo de 2017, el juzgado Contencioso Administrativo 3 de Pontevedra dicto sentencia anulando una multa impuesta a un conductor por aparcar ante un vado permanente, y ademas se condeno en costas al Concello, en dicha sentencia se ahondaba en la inseguridad jurídica en que se encontraban los pontevedreses que pagando una tasa por el VAO no tenían cobertura normativa, situación que ya había sido puesta de manifiesto en otra sentencia en el mismo sentido del año 2012.

 

Resulta importante pues a la hora de decidir sobre si recurrir este tipo de sanciones conocer todos los pormenores antes de recurrir las posibles sanciones que nos impongan

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