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inicioTu programa de segurosResponsabilidad civil • Responsabilidad Civil Medioambiental 01 / 06 / 2023

Responsabilidad Civil Medioambiental


La Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental, establece la responsabilidad de los operadores para prevenir, evitar y reparar los daños medioambientales. Sus caracteres son:
 
a) Esta responsabilidad es Ilimitada ya que se obliga al operador a devolver el medio al estado inicial.
b) Es objetiva ya que “el que contamina, paga”, y si no se puede acreditar, responde el propietario del lugar donde se han originado los daños.
c) Se trata de derecho administrativo ya que es la Administración Pública la que determina la contaminación
d) La duración de la Responsabilidad Civil es de 30 años, plazo temporal contado desde el último vertido conocido.
e) Los administradores de empresas responden solidaria y subsidiariamente con su patrimonio personal por los daños generados al medio ambiente por la sociedad.
f) Existen indemnizaciones complementarias  a la indemnización de los daños para la recuperación del Medio Ambiente con el objetivo de reparar la zona.
Según el art. 1902 del Código Civil pueden reclamar responsabilidad civil medioambiental aquellos sujetos que hayan sufrido un daños real o presunto, siempre que exista un nexo causal entre el daño producido y la causa.
 
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