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inicioTu programa de segurosParticulares • Accidentes personales 01 / 06 / 2023

Accidentes personales


El seguro de accidentes garantiza la indemnización a las personas a la ocurrencia de un accidente cubierto en la póliza, debido a una causa súbita, violenta, externa e involuntaria.

I. Clasificación de seguros de accidentes

  - Seguro personal.
  - Seguro colectivo
  - Seguro de viajes
  - Seguro profesional.
  - Seguro de ocupantes de vehículos

Y la Forma de Aseguramiento puede ser:

a) Según el Tiempo puede dar cobertura a la jornada laboral o durante las 24 horas del día.
b) Según el número de asegurados; puede ser un seguro individual o de convenio (laboral o colectivo voluntario).

Si está interesado en que le enviemos un presupuesto para su seguro de Accidentes, por favor, cubra y descárguese el siguiente  formulario y envíelo cubierto a seguros@foro-lex.com para que le podamos remitir un presupuesto personalizado.

II. Garantías.

a) Fallecimiento: Si el Asegurado fallece como resultado de un accidente, la compañía pagará a los beneficiarios designados en la póliza. En caso de no existir beneficiarios designados serán los herederos legales, pasando ese capital a engrosar el patrimonio hereditario del causante/tomador.

b) Invalidez Permanente: El asegurador pagará una compensación de ingresos al Asegurado si éste se invalida por un accidente amparado en el contrato. Si la invalidez es absoluta el Asegurado será compensado con el capital íntegro asegurado. Si es parcial, cobrará un porcentaje de dicha indemnización, en consonancia con lo establecido en el baremo incluido en el contrato.

c) Invalidez Temporal: Se le indemnizará con la cantidad diaria establecida en el contrato mientras el Asegurado esté totalmente incapacitado  para atender sus ocupaciones habituales, y se reducirá a la mitad cunado pueda desarrollar estas ocupaciones parcialmente.

d) Asistencia Sanitaria. Se cubren los gastos sanitarios en caso de accidente amparado en la póliza de dos maneras:

   Prestación de la asistencia sanitaria necesaria a través del cuadro médico y clínicas contratadas por la entidad aseguradora para dar éste servicio. En éste caso normalmente la prestación de éste servicio no está limitado por una cuantía económica.
   2º Prestación del servicio a través de médicos y clínicas escogidas libremente por el asegurado. Es éste caso la prestación del servicio está sujeta a un límite tanto económica como en número de días de estancia hospitalaria máxima.

e) Invalidez o Incapacidad. Los Tipos de Invalidez, según el grado de afección y gravedad, podrá ser:

1º Gran Invalidez: Se da cuando la persona afectada no puede realizar de forma autónoma las necesidades más vitales de la vida, y necesita de la ayuda constante y permanente de otra persona para realizarla.

2º Invalidez Absoluta y Permanente: Se da cuando la persona afecta se encuentra imposibilitada para ejercer cualquier tipo de profesión remunerada.

3º Invalidez Total: Se produce cuando la persona no puede trabajar en su profesión habitual aunque puede trabajar en otro tipo de actividades.

4º Invalidez Parcial Permanente:  Cuando el sujeto padece una pérdida total o funcional de una parte del cuerpo pero puede trabajar y valerse por si mismo.

5º Invalidez Parcial Transitoria: Este tipo de invalidez impide a la persona trabajar durante un tiempo limitado en su profesión habitual.
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