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inicioTu programa de segurosParticulares • Salud 01 / 06 / 2023

Salud


A pesar de que en España contamos con uno de los mejores sistemas de salud pública, que ofrece cobertura sanitaria a todos los ciudadanos y que es considerado uno de los mejores del mundo, el seguro privado de salud también está ganando adeptos en los últimos años. La mayor importancia que se concede en la actualidad al bienestar y a la imagen personal, unido a la falta de recursos y a las listas de espera de la sanidad pública, explican el auge que está teniendo en España la sanidad privada.

Si está interesado en que le enviemos un presupuesto para su seguro de Salud, por favor, cubra y descárguese el siguiente  formulario y envíelo cubierto a seguros@foro-lex.com para que le podamos remitir un presupuesto personalizado.

I. Ventajas.

La rapidez con la que atienden a los pacientes, las menores o, en ocasiones, inexistentes listas de espera y la prestación de servicios de valor añadido, como ofrecer habitaciones individuales, enviar las pruebas de informes rápidamente por correo, email o la utilización de nuevas tecnologías para informar al paciente. No obstante, los seguros también presentan habitualmente una larga lista de posibles restricciones, y no admiten a cualquier cliente y, en ocasiones, tiene que pasar un cierto periodo de tiempo para empezar a disfrutar de los servicios sanitarios contratados.

II. Clasificación de los Seguros de Salud.

Los Seguros de Salud se recogen en los art. 105 y 106 de la Ley 50/1980 de Contratos de Seguros y pueden ser de tres tipos:

a) Seguro de Enfermedad. Se trata de una modalidad por la que la Aseguradora se compromete a satisfacer las cantidades pactadas en forma de Subsidio Diario o por una sola vez, cuando se produzca uno de los hechos previstos en la póliza y relativos a la salud del Asegurado. Lo utilizan, sobre todo, los autónomos para cubrir los días de baja laboral y que les ayuda a cubrir, en parte, la pérdida de ingresos que puedan sufrir en sus ausencias laborales.
Como garantías más comunes el subsidio diario por enfermedad y por convalecencia extraordinaria, la indemnización por invalidez permanente absoluta, el subsidio diario por Hospitalización Quirúrgica o la Indemnización por Intervención Quirúrgica.

b) Seguro de Reembolso de gastos. Se trata de una modalidad que tiene por objeto el reembolso al Asegurado del importe de los honorarios médicos, asistencias extrahospitalarias, las intervenciones quirúrgicas y estancia en clínicas, tanto en España como en el extranjero. Permite elegir libremente al médico que se desee para la asistencia sanitaria. El cliente paga en un primer momento los gastos de los servicios que haya utilizado, y la compañía después le reembolsa todo o parte de las primas (normalmente rembolsan un 80 % de los gastos).

c) Seguro de Asistencia Sanitaria. Proporciona la prestación de unos servicios médico- quirúrgicos en casos de enfermedad o accidente, una vez que haya transcurrido el período de carencia establecido, y de conformidad con el cuadro médico de facultativos, clínicas y hospitales con el que el Asegurador ha suscrito un contrato de servicios. En éste tipo de póliza se ha sustituido la tradicional indemnización por el de prestación de servicios, poniendo el Asegurador a disposición de los Asegurados un cuadro médico de facultativos que pueden elegir, una serie de hospitales y una serie de servicios concertados para atender las necesidades de los asegurados.

Podemos distinguir dentro de éstos:

1.    Servicio o póliza completa que incluye medicina general, pediatría, ATS, especialidades médicas , diagnóstico y medios de diagnóstico, hospitalización médica y quirúrgica, tratamiento del dolor, segunda opinión médica, podología, cirujía, matrona, prótesis, ambulancias.
2.    Póliza o servicios limitados. Se contrata la póliza de asistencia sanitaria por módulos separados, ya se medicina especializada, hospitalización o incluso sólo atención primaria. Si el Asegurado elige una opción excluyendo la atención primaria o medicina general, acudirá con la póliza de salud al especialista que le corresponda según las coberturas, y podrá seguir acudiendo a su médico de cabecera para la atención primaria.

También es optativo incluir la garantía opcional de Salud Dental.

III. La carencia y costes.

a) Períodos de carencia.

Normalmente las prestaciones serán posibles a partir de las 24 horas de la fecha en que se haya perfeccionado el contrato salvo en prestaciones realmente onerosas como intervenciones quirúrgicas o ciertos protocolos diagnósticos cuyo período de carencia será habitualmente de 6 meses (plazo a partir del cual se podrá prestar ese servicio), y en el caso de embarazo será normalmente de 9 meses.

b) El coste

La edad, el sexo, los servicios contratados y el lugar de residencia marcan el precio de la póliza. Los asegurados más mayores son los que más pagan, y en muchas de las compañías aseguradoras, pagan más las mujeres, principalmente en la franja de edad fértil.
Se puede contratar individualmente, para la familia o colectivamente para un grupo de personas con un vínculo en común (trabajar en la misma empresa, pertenecer a un club, etc..) aplicando en ese caso una reducción en la prima en función del número de asegurados.
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