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inicioServicios legalesDerecho civil • Sucesión 20 / 04 / 2024

Sucesión


DERECHO DE SUCESIONES
 
Las  herencias son aquel conjunto de bienes y derechos que quedan al fallecimiento de una persona, La herencia comprende todos los bienes, derechos y obligaciones de una persona que no se extingan por su muerte.
 
¿Se encuentra usted en un proceso de herencia?
¿Tiene problemas con su herencia?
 
Suele suceder que con ocasión de la sucesión se provoquen disputas entre familiares ante la falta de acuerdo sobre la repartición de la herencia,  provocando conflictos muy complejos y en ocasiones desagradables, desde nuestra experiencia, intentamos  orientar a las partes para la concreción de acuerdos que sean satisfactorios para la resolución de estos conflictos y en ultimo caso ejerceremos la representación letrada en juicio para la defensa de los intereses de nuestros clientes. 
 
Ofrecemos, Dentro de nuestras actuaciones. La posibilidad de ocuparnos de planificar la sucesión en vida, preparando y ordenando la división de los bienes y derechos que forman parte de la herencia entre  las partes, ocupándonos asimismo de todos aquellos problemas que puedan surgir a la hora de otorgar el testamento  y en todo lo relacionado con la transmisión y adjudicación de la herencia para su completa tranquilidad.
 
En caso de fallecer sin otorgar testamento, A falta de herederos testamentarios, la ley defiere a los parientes del difunto, al viudo o viuda y al Estado, en tal caso nuestro despacho le aconsejara sobre las vías necesarias para en su caso aceptar la herencia, ocupándonos de los asuntos relacionados con la transmisión y adjudicación, traspaso de inmuebles, notarias y registros, etc.
  
No dude a la hora de acudir a nosotros a pedir consejo, estamos seguros de poder orientarlos y asesorarlos para una resolución aceptable de todas aquellas problemáticas que surgen con motivo de la sucesión.

A. De las sucesiones

Disposiciones generales
 
Los derechos a la sucesión de una persona se transmiten desde el momento de su muerte.
 
La sucesión se defiere por la voluntad del hombre manifestada en testamento y, a falta de éste, por disposición de la ley, la primera se llama testamentaria, y la segunda, legítima.
 
Podrá también deferirse en...


B. De los testamentos

Consulte en el este documento la información relativa a De los testamentos


C. De la herencia

Consulte en el este documento la información relativa a De la herencia


D. De la sucesión intestada

1º DISPOSICIONES GENERALES
 
La sucesión legítima tiene lugar:
 
1.º Cuando uno muere sin testamento, o con testamento nulo, o que haya perdido después su validez.
2.º Cuando el testamento no contiene institución de heredero en todo o en parte de los bienes o no dispone de todos los que corresponden al testador. En este caso,...


E. Del orden de suceder según la diversidad de líneas

1º DE LA LÍNEA RECTA DESCENDENTE
 
 
La sucesión corresponde en primer lugar a la línea recta descendente.
 
Los hijos y sus descendientes suceden a sus padres y demás ascendientes sin distinción de sexo, edad o filiación.
 
Los hijos del difunto le heredarán siempre por su derecho propio, dividiendo la herencia en partes...


F. Disposiciones comunes a las herencias por testamento o sin él

1º DE LAS PRECAUCIONES QUE DEBEN ADOPTARSE CUANDO LA VIUDA QUEDA ENCINTA
 
Cuando la viuda crea haber quedado encinta, deberá ponerlo en conocimiento de los que tengan a la herencia un derecho de tal naturaleza que deba desaparecer o disminuir por el nacimiento del póstumo.
 
Los interesados a que se refiere el precedente artículo podrán pedir al Juez municipal o al de...


G. De la colación y partición

1º DE LA COLACIÓN
 
El heredero forzoso que concurra, con otros que también lo sean, a una sucesión deberá traer a la masa hereditaria los bienes o valores que hubiese recibido del causante de la herencia, en vida de éste, por dote, donación u otro título lucrativo, para computarlo en la regulación de las legítimas y en la cuenta de partición.

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