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inicio • Servicios legales • Vivienda | 01 / 10 / 2023 |
ViviendaArrendamiento de viviendaSe considera arrendamiento de vivienda aquel arrendamiento que recae sobre una edificación habitable cuyo destino primordial sea satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario. Arrendamiento para uso distinto del de viviendaSe considera arrendamiento para uso distinto del de vivienda aquel arrendamiento que, recayendo sobre una edificación, tenga como destino primordial uno distinto del establecido en el artículo anterior. Régimen de las viviendas de protección oficial en arrendamientoEl plazo de duración del régimen legal de las viviendas de protección oficial, que se califiquen para arrendamiento a partir de la entrada en vigor de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos ( Entrada en vigor: 01/01/1995 ), concluirá al transcurrir totalmente el período establecido en la normativa aplicable para la amortización del préstamo cualificado obtenido para su promoción o, en caso de no existir dicho... Disposiciones transitorias de la ley 29/1994, de arrendamientos urbanos.
Referencias-Contenido del texto refundido de la Ley de suelo
Expropiación forzosa
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